El TSJ condena a Sanidad a pagar 60.000€ por las secuelas de un niño al no practicarle una cesárea en el Clínico

La sentencia del Alto Tribunal de Castilla y León deja claro que “resulta innegable es que las dolencias del menor se ocasionaron en el parto” que se practicó en el hospital vallisoletano

VALLADOLID26 DE ENERO DE 2021, 10:24

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condena a la Junta de Castilla y León y a su aseguradora, MAPFRE Familiar, a abonar una indemnización de 60.000 Euros a M.H.N. por los daños causados a su hijo J.M.M.H. en el momento del nacimiento, al no practicarle una cesárea de urgencia.

Según detalla la sentencia, remitida por el Defensor del Paciente, la madre acudió el 15 de enero de 2015, al Hospital Clínico de Valladolid para dar a luz cuando se encontraba en la semana 39 por rotura de bolsa prematura con aguas claras a las 8.15 hora y tratada con antibioterapia y con un RCTG sin alteraciones.

Tras 24 horas en observación y al presentar escasa dinámica de parto se inició estimulación oxitócica sobre las 9.00 h del 16 de enero y se le administró la anestesia epidural a las 11.00 horas, además de un refuerzo dos horas después. La dilatación progresó favorablemente a partir de las dos de la tarde, llegando a ser completa a las cinco, con lo que se iniciaba el proceso de parto, precisando aplicación de fórceps de Kjelland para aliviar el período expulsivo.

Durante el progreso del parto, según señala el Defensor del Paciente y recoge la sentencia, no fue valorado adecuadamente el registro cardiotocográfico de la madre, indicador de pérdida de bienestar fetal, lo que causó al recién nacido sufriera un episodio de asfixia perinatal como causa de la encefalopatía que presenta en la actualidad.

A pesar del esfuerzo de los peritos de la entidad aseguradora del Sacyl de restar importancia a las pruebas objetivas, como es el RCTG y a los protocolos médicos de la Sego, indicando a lo largo del proceso que “es interpretable” y que los protocolos son meras indicaciones, el TSJ considera que lo que “resulta innegable es que las dolencias del menor se ocasionaron en el parto, probablemente al sufrir un episodio hinópsico que pudo y debió ser detectado, pero aunque este episodio no se hubiera producido o no se hubiera podido detectar lo cierto es que ante la prolongada duración del parto y la falta de prueba sobre otra causa de las lesiones que padece el menor estas deben atribuirse a la asistencia médica prestada”.

Los daños que presenta el menor son consecuencia de una mala praxis médica, asevera el Defensor del Paciente en un comunicado remitido a los medios. En la actualidad el niño presenta una hemiparesia izquierda, deterioro de las funciones cerebrales superiores y epilepsia parcial (ausencias). Ha precisado tratamientos continuos desde su nacimiento de fisioterapia, estimulación temprana, y logopedia.

Si se hubiera actuado como exigen los protocolos médicos, estando atentos al registro que era patológico y requería comprobar el estado del feto antes de continuar el parto espontáneo, el daño no se habría producido, por cuanto se hubiera podido detectar la asfixia del menor y se habría realizado una cesárea de urgencia, según señala el Defensor del Paciente,

“Es lamentable y muy triste que, a estas alturas, y teniendo en cuenta que los centros médicos cuentan con métodos de control que pueden informar del estado del feto en todo momento, estos no se utilicen como es debido y sigan existiendo casos tan graves como este. Encontramos nacimientos de niños con graves secuelas, incluso hasta fallecimientos, que menos mal que no fue este caso, por hipoxias no detectadas en el momento de parto que, de haberse detectado y finalizado el parto de forma urgente, hubieran podido evitar mucho sufrimiento a padres a y a niños”, aseguran la presidenta del Defensor del Paciente, Carmen  Flores, quien además, considera que “se pudo y debió evitar esta situación, como tantas otras, si tan solo se hubieran puesto a disposición del paciente los medios con los que se contaban y que están disponibles en el Sacyl”.

Fuente: https://diariodevalladolid.elmundo.es/articulo/valladolid/tsj-condena-sanidad-secuelas-nino-practicarle-cesarea-urgencia-clinico-vallladolid/20210126102448394211.html

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Escrito por sdsespana